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ÿþ1 . , J!l S2,SK(41 DON ANDREA PEREZ DE HERRASTI T PULGAR, V iedina y Arostegui , Guznian, Fernandez de Córdoba, Gran Cruz de la Real y militar órden de San Hermenegildo; Caballero de la Lis de Francia; Condecorado con las insignias de Ciudad Rodrigo, Tarancou, Tomames y la del sufrimiento por la Patria , Teniente general de los Reales Exércitos, Gobernador Militar y Polí-tico de la Plaza de Barcelona y su distrito, Presidente de la Yunta Municipal de Sanidad de ella, y juez protector y conservador de su Teatro Fac. &c. Aunque no se duda que en los dias de los magnificos funerales, que van á executarse en demostracion de gratitud á la generosidad con que procuraron libertar esta Ciudad de la opresion enemiga en el año mil ochocientos nueve las ocho víctimas heroi-cas en que cebó su venganza el Gobierno intruso, reynará en esta Ciudad el mismo buen órden público que tiene acreditado este Pueblo en otras funciones de numero-sa concurrencia : esto no obstante, para prevenir lo conveniente en algunos puntos que pueden conducir particularmente á aquel, consegüente á lo acordado en el dia de hoy por el Muy Ilustre Ayuntamiento ORDENO Y MANDO lo siguiente. De las calles por donde en la tarde del Domingo próximo dia quince de los cor-rientes pasará el acompaimiento con que serán conducidos á la Iglesia Catedral los restos de los Cilerpos de tan ilustres heroes, no podrá person alguuay en la de la In- quisireiónilYasta--á Plaza del Rey , ni en otra alguna en que no quede y se dexe á la carrera franco y libre el ancho de veinte palmos, poner banco, silla, ni otra cosa que las ocupe: y solo en las de mayor anchura podrán colocarse los bancos y sillas en el espacio de calle que exceda á los referidos veinte palmos, octipandose lo excedente de ellos por mitad en cada acera. Toda Plaza por donde pase el dicho acompañamiento deberá, desde la una del me-dio dia en adelante, quedar desembarazada de las paradas de pastas , flores, comestibles, y otras cosas con que se ocupan, de modo que quede enteramente libre para el tránsito de las gentes, bien que podrá ocupar- se, en los lados, con sillas ó bancos, dexando en el parage destinado para la carrera el ancho de veinte y quatro palmos. Se prohibe que por las calles de la car-rera se vendan frutas, bollos, bebidas, ni otra cosa con que pueda detenerse el expedito paso de las gentes. Tampoco se permitirá que se cierren por medio alguno las bocas calles que dan á las de la mencionada carrera, aunque tengan estas el ancho mayor de veinte palmos. No se tolerará que los muchachos reco- jan la cera que se derrame de las hachas de los sugetos que las lleven en el dicho acompañamiento. Se invigilará muy particularmente el cumplimiento de los artículos que contienen los reglamentos de policía ultimamente publicados en asunto al despejo de las calles, y á que no puedan ser atropellados los que pasen por ellas. Si algun vecino hallase una ó mas criaturas que anden perdidas por las calles sin saber explicar quienes sean sus padres, ó la calle donde viven, las conducirá , ó hará conducir, á la Casa de la Ciudad, y habitacion de su Portero de Maza Miguel Ortega, de donde podrán recogerlas sus gen-tes : en inteligencia de que si dentro el espacio de veinte y quatro horas no hubiesen ido por ellas, serán conducidas á la Real Casa de Misericordia. Y para que llegue á noticia de todos, y nadie pueda alegar ignorancia, se publique este Pregon por los parages publicos acostumbrados de la Ciudad, con las formalidades de estilo. Dado en Barcelona á trece de Octubre de mil ochocientos y quince. i Andres de Herrasti. Lugar del Se + lla Joseph Ignacio Claramunt y Verde, Escribano mayor y Secretario de dicho M. I. Ayuntamiento. Se. ha publicado el presente Edicto por los lugares públicos y acostumbrados de esta Ciudad, con las formalidades de estilo , á los catorce dias del mes y año de su fecha por mí el Pregonero y Trompes. Real , Cabo-Maestre de los de aquella , que aquí lo firmo. Salvador Llet jós.
Descripció
Puntuació | |
Autor | Catalunya. Capitán General; Pérez de Herrasti y Pérez-Pulgar, Andrés; Claramunt i Verd, Josep Ignasi |
Data del document original | 1815 |
Títol | Aunque no se duda que en los dias de los magníficos funerales que van a executarse en demostración de gratitud a la generosidad con que procuraron libertar esta ciudad de la opresión enemiga en el año mil ochocientos y nueve... |
Font | [Barcelona : s.n., 1815] |
Matèria | Guerra del Francés, 1808-1814 -- Catalunya -- Barcelona |
Paginació | 1 f. |
Característiques físiques | 34 cm |
Llengua | spa |
Editor | Universitat Pompeu Fabra |
Tìpus de recurs | Text |
Repositori | Memòria Digital de Catalunya |
Gestió dels drets (Europeana) | http://creativecommons.org/publicdomain/mark/1.0/ |
Descripció de la pàgina
Títol | Pàgina 1 |
Transcripció | ÿþ1 . , J!l S2,SK(41 DON ANDREA PEREZ DE HERRASTI T PULGAR, V iedina y Arostegui , Guznian, Fernandez de Córdoba, Gran Cruz de la Real y militar órden de San Hermenegildo; Caballero de la Lis de Francia; Condecorado con las insignias de Ciudad Rodrigo, Tarancou, Tomames y la del sufrimiento por la Patria , Teniente general de los Reales Exércitos, Gobernador Militar y Polí-tico de la Plaza de Barcelona y su distrito, Presidente de la Yunta Municipal de Sanidad de ella, y juez protector y conservador de su Teatro Fac. &c. Aunque no se duda que en los dias de los magnificos funerales, que van á executarse en demostracion de gratitud á la generosidad con que procuraron libertar esta Ciudad de la opresion enemiga en el año mil ochocientos nueve las ocho víctimas heroi-cas en que cebó su venganza el Gobierno intruso, reynará en esta Ciudad el mismo buen órden público que tiene acreditado este Pueblo en otras funciones de numero-sa concurrencia : esto no obstante, para prevenir lo conveniente en algunos puntos que pueden conducir particularmente á aquel, consegüente á lo acordado en el dia de hoy por el Muy Ilustre Ayuntamiento ORDENO Y MANDO lo siguiente. De las calles por donde en la tarde del Domingo próximo dia quince de los cor-rientes pasará el acompaimiento con que serán conducidos á la Iglesia Catedral los restos de los Cilerpos de tan ilustres heroes, no podrá person alguuay en la de la In- quisireiónilYasta--á Plaza del Rey , ni en otra alguna en que no quede y se dexe á la carrera franco y libre el ancho de veinte palmos, poner banco, silla, ni otra cosa que las ocupe: y solo en las de mayor anchura podrán colocarse los bancos y sillas en el espacio de calle que exceda á los referidos veinte palmos, octipandose lo excedente de ellos por mitad en cada acera. Toda Plaza por donde pase el dicho acompañamiento deberá, desde la una del me-dio dia en adelante, quedar desembarazada de las paradas de pastas , flores, comestibles, y otras cosas con que se ocupan, de modo que quede enteramente libre para el tránsito de las gentes, bien que podrá ocupar- se, en los lados, con sillas ó bancos, dexando en el parage destinado para la carrera el ancho de veinte y quatro palmos. Se prohibe que por las calles de la car-rera se vendan frutas, bollos, bebidas, ni otra cosa con que pueda detenerse el expedito paso de las gentes. Tampoco se permitirá que se cierren por medio alguno las bocas calles que dan á las de la mencionada carrera, aunque tengan estas el ancho mayor de veinte palmos. No se tolerará que los muchachos reco- jan la cera que se derrame de las hachas de los sugetos que las lleven en el dicho acompañamiento. Se invigilará muy particularmente el cumplimiento de los artículos que contienen los reglamentos de policía ultimamente publicados en asunto al despejo de las calles, y á que no puedan ser atropellados los que pasen por ellas. Si algun vecino hallase una ó mas criaturas que anden perdidas por las calles sin saber explicar quienes sean sus padres, ó la calle donde viven, las conducirá , ó hará conducir, á la Casa de la Ciudad, y habitacion de su Portero de Maza Miguel Ortega, de donde podrán recogerlas sus gen-tes : en inteligencia de que si dentro el espacio de veinte y quatro horas no hubiesen ido por ellas, serán conducidas á la Real Casa de Misericordia. Y para que llegue á noticia de todos, y nadie pueda alegar ignorancia, se publique este Pregon por los parages publicos acostumbrados de la Ciudad, con las formalidades de estilo. Dado en Barcelona á trece de Octubre de mil ochocientos y quince. i Andres de Herrasti. Lugar del Se + lla Joseph Ignacio Claramunt y Verde, Escribano mayor y Secretario de dicho M. I. Ayuntamiento. Se. ha publicado el presente Edicto por los lugares públicos y acostumbrados de esta Ciudad, con las formalidades de estilo , á los catorce dias del mes y año de su fecha por mí el Pregonero y Trompes. Real , Cabo-Maestre de los de aquella , que aquí lo firmo. Salvador Llet jós. |
Editor | Universitat Pompeu Fabra |
Tìpus de recurs | Text |
Repositori | Memòria Digital de Catalunya |
Gestió dels drets (Europeana) | http://creativecommons.org/publicdomain/mark/1.0/ |
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